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Licencia de vivienda turística en Andalucía

Qué exige Andalucía para registrar una vivienda de uso turístico, según las fuentes oficiales.

Última revisión de esta página: 17 de octubre de 2026.

Novedad estatal que afecta a todas las comunidades

  • El Tribunal Supremo, en su sentencia n.º 620/2026 (nota del CGPJ del 21-05-2026), anula los preceptos del Real Decreto 1312/2024 que crean el registro único de arrendamientos de corta duración, al considerar que el Estado carece de competencia para crearlo, y desestima el recurso en lo relativo a la ventanilla única digital de arrendamientos, las obligaciones de transmisión de datos de las plataformas en línea y la transmisión de datos con fines estadísticos.

    Fuente: poderjudicial.es · Revisado el

Quién lo gestiona

Consejería competente en materia de turismo de la Junta de Andalucía: ante ella se presenta la declaración responsable electrónica (el Decreto 31/2024 se aprobó a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte)

Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Registro: Registro de Turismo de Andalucía (viviendas de uso turístico)

Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Norma que lo regula: Decreto 31/2024, de 29 de enero (modifica el Decreto 28/2016 de viviendas con fines turísticos y el Decreto 194/2010)

Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Cómo se tramita: Declaración responsable electrónica previa al inicio de la actividad, con inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA).

Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Norma de referencia: BOJA n.º 24 · 2 de febrero de 2024

Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Requisitos

  • Declaración responsable con referencia catastral, capacidad, titular, título habilitante y periodos de funcionamiento. Una vivienda por referencia catastral (salvo excepciones acreditadas).

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

  • No pueden acogerse inmuebles cuyos estatutos prohíban expresamente la actividad; en la declaración se declara que no existe esa prohibición.

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

  • Máximo 15 plazas (vivienda completa) o 6 (por habitaciones); máximo 4 plazas por habitación.

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

  • Mínimo 14 m² por plaza y 25 m² construidos; 2 baños si hay más de 5 plazas y 3 si hay más de 8.

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

  • Equipamiento mínimo: botiquín, detector de humo, extintor, camas y colchones mínimos y climatización (refrigeración de mayo a agosto, calefacción de diciembre a marzo).

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

  • Atención telefónica 24 h y hojas de reclamaciones; el código de inscripción RTA debe constar en el justificante de pago.

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Novedades

  • El Decreto 31/2024 está en vigor desde el 22-02-2024; tiene un régimen transitorio de 1 año para adaptar algunos requisitos y de 6 meses para comunicar los periodos de funcionamiento.

    Fuente: juntadeandalucia.es · Revisado el

Llévate los requisitos por correo

Te mandamos en PDF lo que se exige en Andalucía, con la fuente y la fecha de revisión de cada punto, para tenerlo a mano al hacer el trámite.

Comunidad: Andalucía

Información orientativa, recogida de fuentes oficiales y revisada por personas. No sustituye el asesoramiento de un profesional ni la consulta al organismo competente de tu comunidad.

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